miércoles, 6 de julio de 2022

Del 451 al 460.

451) Harvey Marcelin. Brooklyn, New York. EEUU. Asesino en serie. 

Las condenas anteriores fueron por matar a novias que vivían con él, según los documentos judiciales. https://twitter.com/AliBaumanTV/status/1502143020442869765?t=Gfrl2inV_xzuwCzbT8OZ_w&s=19 Marzo de 2022. "Harvey, who identifies as a transgender woman." Este misógino asesino en serie de mujeres se acaba de identificar mujer. 

Ha pasado la mayor parte de su vida tras las rejas por matar a sus novias y ahora está siendo investigado por el asesinato de otra mujer cuyo cuerpo desmembrado apareció en Brooklyn la semana pasada. 

Quedó libre en 2019. Ha sido fichado esta vez como una mujer, dijo un portavoz de la policía. https://dailystar.co.uk/news/world-news/freed-transgender-serial-killer-83-26440829  

La Oficina del Fiscal de Distrito de Brooklyn dijo que el caso todavía está bajo investigación, según The New York Post. 

En libertad condicional de por vida por matar a dos mujeres, una en 1963 y otra al salir de prisión en 1984, ha sido acusado en relación con el asesinato de una mujer de 68 años cuyo cuerpo fue encontrado desmembrado. en Brooklyn, según fuentes policiales a DailyMail. 

Harvey Marcelin, de 83 años, quien mató a dos mujeres en 1963 y 1983, fue arrestado por matar y desmembrar a una mujer de 68 años en Brooklyn la semana pasada. 

Culpable de asesinato en 1963 por disparar mortalmente a Jacqueline Bonds. Marcelin también se enfrentó a un cargo de intento de violación de otra mujer, según los registros judiciales. 

 El juez lo condenó a cadena perpetua pero obtuvo la libertad condicional en 1984 y fue detenido al año siguiente por apuñalar mortalmente a otra novia y dejar su cuerpo en una bolsa de basura en la calle. 

Entonces fue declarado culpable de homicidio involuntario y condenado a entre 6 y 12 años de cárcel. https://twitter.com/ripx4nutmeg/status/1501838594482352132?t=SYtBn42z4QC_iVwixBCuYA&s=19 

Se le negó la libertad condicional en numerosas ocasiones, en 1991, 1993, 1995 y 1997.

A pesar de la reticencia del Departamento de Correccionales de conceder la libertad condicional cuando Marcelin pudo optar a ella a partir de los 90. Era elegible y se sucedieron juntas en las que se rechazaron la libertad condicional por el "intento de Marcelin de echar la culpa" a las víctimas. 

En una audiencia de la Junta Estatal de Libertad Condicional, en 1997, Marcelin admitió tener "problemas" con las mujeres, según los registros judiciales. https://nytimes.com/2022/03/10/nyregion/harvey-marcelin-shopping-cart-body.html  

Harvey Marcelin, de 83 años, fue arrestado la semana pasada en relación con el hallazgo del torso de Susan Leyden, de 68, en un carrito de compra en Cypress Hills. Enfrenta cargos por el asesinato de Susan Leyden, de 68 años, residente de Teaneck, Nueva Jersey. https://twitter.com/ReduxxMag/status/1501945170442342409?t=g3U8JFBND7fnetpjqQVweA&s=19  

Según se informa, un peatón vio la bolsa de basura en el carrito de compras y decidió llevarla a la esquina para que el servicio de limpieza la recogiera, pero al cogerla vio lo que había dentro y llamó a las autoridades. 

La información trascendió luego de que las autoridades recuperaron el lunes una pierna no muy lejos del lugar donde hallaron el torso. Se registró la casa de Harvey y los agentes encontraron “una cabeza humana” junto con sierras eléctricas. 

La oficina del fiscal del distrito de Brooklyn identificó a la víctima como Susan Leyden, una residente de Brooklyn de 68 años. 

En un primer momento fue acusado de ocultar un cadáver, justo luego de cámaras de seguridad lo pillaran abandonando un cuerpo cerca de su apartamento en Cypress Hills, el jueves, un gran jurado acusó a Marcelin de asesinato.  

https://twitter.com/BrooklynDA/status/1502045226650718217 "Los hechos de este horrible caso son espantosos e inquietantes y mi corazón está con la familia y los amigos de la víctima", dijo el fiscal del distrito de Brooklyn, Eric González. Según los documentos judiciales, un vídeo de seguridad mostró a una mujer entrando en el edificio de Marcelin con la misma bolsa el 27 de febrero. 

Nunca se vio a la mujer salir del edificio. Se llevó a cabo una orden de registro y encontraron una cabeza humana dentro del apartamento de Marcelin, según los documentos judiciales. Poco después la policía informó la que también que se habla localizado una pierna a pocos kilómetros de distancia. 

Según los registros, fue liberado a fines de 2019 del Centro Correccional de Cayuga en el norte del estado de Nueva York. 

Antes de su puesta en libertad, Marcelin admitió durante una audiencia de libertad condicional que tenía "un problema con las mujeres". https://www.nbcnewyork.com/news/local/crime-and-courts/83-year-old-convicted-in-2-prior-killings-arrested-in-case-of-torso-found-on-nyc-street/3592292/ 

En la actualidad se encuentra detenido sin derecho a fianza en Rikers Island y estará representado por Legal Aid. Tras las rejas pagando condenas que en total sumaron más de 50 años por cargos de asesinato y homicidio involuntario. https://nypost.com/2022/03/09/serial-killer-83-eyed-in-case-of-dismembered-body-found-in-nyc/ 

 

 

452) Richard Spicer.  

Spicer v. Terhune. Spicer, a.k.a. Alexis R. Bell v. Terhune. https://cite.case.law/f-appx/57/732/ Tribunal de Apelaciones Noveno Circuito. California. EEUU. 

 https://casetext.com/case/spicer-v-terhune "Richard SPICER, alias Alexis R Bell." 

 El ex recluso del estado de California Richard Spicer, alias Alexis Bell, apela pro se el juicio sumario del tribunal de distrito en su acción 42 USC§ 1983 alegando que un médico de la prisión le negó atención médica adecuada cuando dejó de recetarle hormonas femeninas en relación con su trastorno de identidad de género. Tenemos jurisdicción de virtud de 28 USC § 1291.

 Revisamos de novo, Hutchinson v. United States, 838 F.2d 390, 392 (9th Cir.1988), y afirmamos. Debido a que el apelante ofreció solo su opinión con respecto al tratamiento médico apropiado y no aportó información alguna calificada prueba que la respuesta del demandado a su aumento de 29 libras en seis semanas era deficiente, el tribunal de distrito concedió correctamente juicio sumario. 

Véase Jackson v. McIntosh, 90 F.3d 330, 332 (9th Cir.1996) (concluyendo que una diferencia de opinión entre un recluso y un médico con respecto al tratamiento no equivale a una indiferencia deliberada). Por lo demás, el tribunal de distrito correctamente concedió juicio sumario en la demanda de negligencia de la ley del estado del apelante porque apelante no dio pruebas periciales para mostrar que la presunta negligencia del demandado fue la causa inmediata de los perjuicios qué sufrió. 

Véase Hutchinson, 838 F.2d en 392 (requiere al demandante presentar pruebas periciales cuando un demandado solicita un juicio sumario y respalda su moción con declaraciones de expertos). 

 AFIRMADO. 

 

 

 

453) William Karl Olsen. California. EEUU. Clasificado como Depredador Sexualmente Peligroso. Internamiento civil (custodia segura). 

 

Es difícil de digerir. Es crudo. Espeluznante.

 https://caselaw.findlaw.com/ca-court-of-appeal/1678004.html People v. Olsen. Tribunal de Apelaciones del estado de California Sexto Distrito de Apelaciones. 11 de septiembre de 2012. CDMH = Departamento de Salud Mental de California. https://www.dsh.ca.gov/Treatment/Sexually_Violent_Predator.html 

La regulación de los registros de delincuentes sexuales fue aprobada en 2006 con la Sex Offender Registration and Notification Act (SORNA), que endureció las condiciones del registro. https://twitter.com/javiercordura/status/1192804967272402944?lang=es 

Registro Nacional de Agresores Sexuales en Estados Unidos. https://uy.usembassy.gov/es/acerca-del-registro-nacional-de-agresores-sexuales-en-estados-unidos/  

La ley de Megan fue aprobada, en Nueva Jersey, un mes después del asesinato de la pequeña Megan. https://pennyfianzas.com/que-es-la-ley-de-megan/ 

Esta ley obliga al registro de los delincuentes sexuales en una base de datos en cada Estado y permite a la Policía notificar a los vecinos del barrio de la llegada del delincuente sexual. 

El Código Penal 261 CP, ley sobre el abuso sexual de California, define el "delito de violación como una relación sexual no consentida realizada por medio de amenazas, fuerza o engaño. Este tipo de violación es esencialmente un delito sexual en California". https://www.shouselaw.com/es/ca/abuso-sexual/ 

 Delito sexual; la copulación oral forzada. https://thecriminaldefensa.com/areas-de-practica/delitos-sexuales/copulacion-oral-forzada  

En el Estado de California cualquier persona que tenga menos de 18 años de edad NO puede dar su consentimiento legal para involucrarse en ningún tipo de acto sexual. 

Pasamos al depredador sexual violento que se indentificó como mujer. People v. Olsen. Tribunal de Apelaciones del estado de California Sexto Distrito de Apelaciones. 11 de septiembre de 2012. 

William Karl Olsen fue internado por período indefinido en el Departamento de Salud Mental de California (aka Departamento de Hospitales Estatales; DSH) después de que un jurado determinó que era un depredador sexualmente violento en el marco de la Ley de Depredadores Sexualmente Violentos (SVPA). 

El depredador apeló la sentencia, alegando que el plazo indefinido del internamiento civil violó la cláusula de igual protección de la XIV Enmienda, el debido proceso de ley (protege a las personas esencialmente frente al Estado, el cual tiene la obligación de garantizar un procedimiento justo e imparcial), las cláusulas ex post facto (la cláusula del Artículo I, Sección 9 de la Constitución de los EEUU que prohíbe al Congreso aprobar leyes ex post facto) y de doble exposición (mediante esta cláusula un acusado tiene el derecho constitucional de no ser puesto en riesgo de ser castigado dos veces por el mismo delito; la Enmienda V aplica a los Estados a través de la Enmienda XIV, con su prohibición contra la doble exposición buscan evitar que el Estado, con sus recursos y poderes, quiera procesar por un mismo delito; quicir, protegen a los individuos contra el acoso irrazonable del gobierno equilibrando la posición del Estado y del individuo). 

El tribunal revocó la sentencia y lo devolvió al tribunal de primera instancia con el propósito limitado de reconsiderar el argumento de igual protección y los procedimientos en prisión preventiva. William Karl Olsen impugnó la orden del tribunal de primera instancia del 21 de junio de 2013 que deniega la solicitud de libertad condicional en virtud de la sección 6608 como infundada con el argumento de que (1) la petición no es infundada; y (2) la denegación sumaria de una petición de liberación condicional de la sección 6608 viola las cláusulas de igual protección y debido proceso. 

"Por razones que explicaremos, revocaremos la orden del 21 de junio de 2013 y emitimos la cuestión al tribunal de primera instancia con instrucciones para reconsiderar la cuestión de si la petición de libertad condicional se refiere a motivos infundados dentro de la sección 6608, subdivisión (a)." 

ANTECEDENTES. 

En 1972, Olsen usó una pistola para secuestrar a una mujer de 27 años en su automóvil. Tras un forcejeo, Olsen salió del coche y se largó. No hubo ninguna indicación de que se hubiera producido un delito sexual y Olsen fue condenado por "robo con agravante de una persona''. 

Cumplió una condena de cárcel y fue puesto en libertad condicional. 

En agosto de 1973, Olsen recogió a una [ ] autoestopista de 19 años, ML, y la llevó a una zona aislada. Cuando Olsen sacó una cuerda, ML le suplicó que no la atara. Olsen luego le arrancó la blusa a ML y ML dijo que haría lo que él quisiera que hiciera. Después de colocar a ML en la plataforma de la camioneta y violarla, Olsen se disculpó. ML le pidió que la llevara al hospital pues recientemente se había sometido a una cirugía a raíz de un aborto espontáneo. Olsen llevó a ML al hospital y se registró en la unidad psiquiátrica de al lado. 

El siguiente incidente ocurrió en julio de 1973, cuando Olsen recogió a dos adolescentes, M. y T., que estaban haciendo autostop. Después de llevar a las niñas a una zona aislada donde su camioneta quedó atascada en la tierra, Olsen las colocó en la plataforma de la camioneta para ganar impulso. Luego empujó a T. por un barranco de 75 pies y ató a M. Después de encontrar a T. y amenazarla con un cuchillo, Olsen vio que T. estaba sangrando mucho. Desató a M. y juntos subieron a T. a la camioneta. 

Cuando las adolescentes le preguntaron a Olsen por qué estaba haciendo esto, dijo que tenía la intención de violarlas. Olsen no violó a las niñas y las llevó a casa. Olsen fue encarcelado en 1974 y puesto en libertad supervisada en 1978. 

Fue puesto en libertad condicional en 1979 y cometió sus siguientes delitos sexuales en 1980. C., una adolescente, de 16 años, fue recogida por Olsen en enero de 1980 mientras hacía autostop, la llevó a la presa de Stevens Creek. Después de llegar, Olsen, que tenía [un] cuchillo, golpeó a C. debajo del ojo y la ató con una cuerda. Olsen luego llevó a C. a otro lugar en las montañas. 

Allí, Olsen ató una soga al cuello de C. y la llevó por un sendero hasta un lugar desierto, donde hizo cúpula oral a C'., se sentó sobre ella, la desató y la obligó a copularlo oralmente (copulación oral forzada). Olsen también sodomizó a C. y la violó. Luego se disculpó y llevó a C. a casa. 

El siguiente suceso ocurrió en junio de 1980 e implicó a SP, de 19 años. Olsen recogió a SP mientras hacía autostop. Puso su cuchillo en su garganta y la cortó un poco, e igualmente la copuló oralmente. Luego, Olsen llevó a SP a una zona aislada en las montañas, donde le ató las manos a la espalda con una correa. SP gritó de dolor cuando Olsen le metió los dedos en el ano y luego la sodomizó. También hizo comentarios sexuales despectivos durante el transcurso de la sodomía. 

El último incidente ocurrió el 9 de julio de 1980, más o menos un mes después del suceso que involucró a SPK, fue una estudiante de la escuela de belleza de 17 años que conoció a Olsen cuando utilizó un teléfono público después de que ella lo utilizara durante la hora de comida. Ese mismo día, más tarde, Olsen llamó a K. desde su coche al verla salir de la escuela de belleza. En seguida, Olsen empujó a K. a su coche poniendo un cuchillo en su garganta. 

Olsen tenía fotos de K. en su coche y amenazó con matarla. Después de meter a K. en su coche, Olsen amarró con una cuerda tensamente apretada alrededor del cuello y la amordazó con un tela y cordones. Entonces, Olsen llevó a K. a una zona aislada en las colinas. En el camino, Olsen desnudó a K. y la manoseó. 

Después de llegar, Olsen ató a K. a un tronco con cuerdas atadas a sus muñecas, piernas y cuello. Más tarde golpeó a K. en sus nalgas con un palo, causándole moretones, la sodomizó y violó. Después del asalto sexual, Olsen se mostró agradable y parlanchín con K. Además le mostró cómo disparar su rifle de aire comprimido. 

Pero cuando K. hizo el comentario, 'bueno, todo el mundo necesita amigos', Olsen se llenó de mucha ira, y violencia. Empujó a K, la sodomizó otra vez, le mordió el cuello y la golpeó en las nalgas con su rifle de aire comprimido, rompiéndolo. 

 Tras los delitos de 1980, Olsen se declaró culpable de sodomía y cópula oral de C. y de sodomía y violación de K. Ha estado bajo custodia desde 1980”. 

El informe anual de 2013 fue preparado por el psicólogo jefe supervisor SJ Van de Putte, Ph.D. y fechado el 23 de enero de 2013. 

Señala que el "reo es un hombre transgénero, el Dr. Van de Putte declaró que para los fines del informe anual, el reo sería “referido con pronombres femeninos." 

El Dr. Van de Putte concluyó que “la condición mental del Sr. de Olsen NO HA cambiado de tal manera que que ya no se ajusta a la definición de depredador sexualmente violento. 

Como resultado de un trastorno mental, el Sr. Olsen sigue siendo un peligro para el bienestar y la seguridad de los demás debido a que es propenso a involucrarse en un futuro en un comportamiento criminal de depredador sexualmente violento. Lo mejor para el Sr. Olsen y la debida protección para la comunidad no se pueden asegurar en un marco de tratamiento menos restrictivo por el momento." 

En la DISPOSICIÓN, se revoca la orden del 21 de junio de 2013 que rechaza la petición de la libertad condicional. Se remite para que se reconsidere si la petición de la condicional debe rechazarse sumariamente porque se basa en motivos infundados de acuerdo a la sección 6608, subdivisión (a) del Código de Bienestar e Instituciones. 

 

 

454) Anthony J. Tryzna. Connecticut, EEUU. Internamiento civil.

 https://caselaw.findlaw.com/ct-superior-court/1541694.html Internamiento psiquiátrico. 

El internamiento, por razón de trastorno psíquico, de quien no tiene "capacidad" y está sometido a tutela, requerida autorización judicial, que será recabada del tribunal del lugar donde resida el afectado por el internamiento. 

Se consideran 2 tipos de internamientos psiquiátricos: a) voluntarios o consentidos, y b) involuntarios, no consentidos o compulsivos. El asunto ante el tribunal de este caso es si el reo de varios "delitos menores" y declarado incompetente para ser juzgado, ha recuperado o no su competencia o es incapaz de competencia jurídico-penal. En pocas palabras, el restablecimiento de capacidad jurídica; dicha capacidad se refiere tanto a la titularidad de los derechos como a la capacidad para ejercerlos. 

Vamos al lío, pasmoso. 

Se llevó a cabo audiencia de impugnación el 27 de agosto de 2010. Es relevante el siguiente antecedente procesal: “Se imputan al demandado cargos relativos a amenazas, alteración del orden público y asalto en tercer grado tras dos incidentes distintos que ocurrieron en septiembre de 2009. La madre del acusado es la demandante en ambos casos. 

El 2 de octubre de 2009, en respuesta a una moción del letrado del demandado, el tribunal ordenó que el demandado fuera evaluado clínicamente para determinar su capacidad para comparecer en juicio. El tribunal actuó de conformidad con las disposiciones de C.G.S. §-54-56d. 

La evaluación ordenada por el tribunal se celebró el 20 de octubre de 2009 por un equipo de evaluación forense del Departamento de Connecticut de Salud Mental y Servicios de Adicción (DMHAS). En un informe al tribunal fechado el 23 de noviembre de 2009, el equipo de evaluación opinó por unanimidad que el demandado era apto para comparecer en juicio. (La Evidencia C del demandado). 

En una audiencia el 30 de noviembre de 2009, el abogado defensor solicitó una evaluación de competencia adicional. 

El tribunal concedió esa moción. El demandado fue examinado por un equipo de evaluación clínica diferente del DMHAS el 5 de enero de 2010. En un informe fechado el 21 de enero de 2010, esos evaluadores acordaron unánimemente que el demandado no podía entender los procedimientos legales en su contra y era imposible obrar en su propia defensa. (La Evidencia E p. 2. del demandado). 

 El informe del equipo señaló que el demandado es incapaz de establecer una relación de colaboración con su abogado, entender las instrucciones y consejos de su abogado, o decisiones acertadas con arreglo al asesoramiento." (La Evidencia E, p. 9. del demandado). 

“ En enero de 2010, el tribunal determinó que el acusado no era competente para comparecer. El tribunal también encontró probable que le devolvieran las competencias tras 60 días de hospitalización psiquiátrica. El tribunal remitió al demandado a la custodia de DMHAS para su ubicación en la División Forense Whiting (Servicio de salud mental en Middletown) localizada en Middletown en el Connecticut Valley Hospital (CVH). 

Los funcionarios de Whiting presentaron un informe ante el tribunal el 27 de abril de 2010. En su informe, opinaron que era competente para comparecer a juicio. En una audiencia del 30 de abril de 2010, el abogado defensor solicitó un aplazamiento para que pudiera ser evaluado por un psiquiatra contratado por la defensa. El tribunal concedió la moción. El experto del demandado, Kenneth Selig, MD, JD, lo examinó y presentó un informe con fecha 2 de julio de 2010. 

Un informe complementario de Whiting se presentó ante el tribunal el 27 de agosto de 2010. El Dr. Selig testificó en la audiencia del 27 de agosto de 2010 y la Sra. McKinley, trabajadores de Whiting fue llamada a declarar (Susan McKinley, LCSW, Trabajadora social clínica: L.C.S.W., por sus siglas en inglés, profesional que tiene un master en trabajo social y se ha especializado en salud mental).  El tribunal tuvo en cuenta el testimonio de ambos y toda la evidencia documental presentada en la audiencia. Encontró que había prueba suficiente en los hechos relatados que "fueron probados por el justo predominio de la evidencia en la audiencia" 

 "En septiembre de 1999, el demandado, que tiene un largo historial de trastornos mentales, fue acusado en los tribunales de Hartford y Enfield por una serie de delitos, el más grave de los cuales incluían incendio provocado en primer grado, riesgo de lesiones en los niños, robo en tercer grado e incapacidad de comparecencia en primer grado. (La Evidencia A, p. 1 y 6 del demandado)". 

El 9 de noviembre de 2000, luego de una evaluación de competencia ordenada por el tribunal, fue declarado incompetente para comparecer en juicio debido a problemas mentales. Acto seguido, el tribunal lo trasladó al Hospital Connecticut Valley para que recibiera tratamiento. 

Los informes en esa época indicaron que al demandado "se le había diagnosticado un trastorno obsesivo compulsivo y esquizofrenia crónica no diferenciada. (Anexo A, pág. 2.) Los registros también indicaron que el demandado sufrió una lesión cerebral traumática. (La Evidencia A, p. 2.)". 

 En enero de 2001, los evaluadores de competencia del Hospital Connecticut Valley informaron al tribunal que no era competente para comparecer porque su enfermedad mental le impedía comprender los procedimientos en su contra y poder defenderse. 

Los funcionarios del Hospital Connecticut Valley también dijeron que no era probable que recuperara su competencia dentro de los plazos fijados. 

Tras una audiencia el 1 de febrero de 2001, el tribunal determinó que no era competente para comparecer por los cargos pendientes, y también señaló que no se restablecería su competencia dentro del plazo legal. 

Así pues, el demandado permaneció internado, bien en régimen de internamiento en hospitales psiquiátricos o en centros residenciales de tratamiento. 

Recibió ininterrumpidamente tratamiento psiquiátrico, desde febrero de 2001 hasta abril de 2009. 

 En abril de 2009, fue dado de alta de un programa de tratamiento residencial y se mudó con su madre. Lo arrestaron un par de veces en septiembre de 2009 por los cargos que están pendientes. 

El demandado rehúso sistemáticamente a cooperar con una evaluación formal del restablecimiento de competencias en Whiting. La Sra. McKinley señaló en su informe y testificó en la audiencia que el demandado era competente para comparecer en juicio y podía cooperar con su abogado y asistir en su defensa, si así lo decidía. Los profesionales de salud mental de Whiting no creían que estuviera en desorden ilusorio, en ese momento, y no hallaron que presentara trastornos del pensamiento o comportamiento indicativo de un proceso psicótico o trastorno del ánimo. 

No se le había diagnosticado una enfermedad psicótica y no se le habían recetado medicamentos antipsicóticos durante su ubicación en Whiting. Un informe de Whiting, fechado el 19 de abril de 2010, señaló que el demandado informó haber sufrido alucinaciones auditivas y visuales, pero se había negado a aportar detalles sobre esas experiencias. 

El informe de Whiting presentado ante el tribunal el 27 de agosto de 2010 "enumera los diagnósticos del Eje I (diagnósticos según DSM-IV) de la parte demandada como trastorno distímico, trastorno obsesivo compulsivo, trastorno facticio, trastorno de identidad de género, masoquismo sexual por los antecedentes, alcoholismo y abuso de cannabis." 

Según el personal de restablecimiento de competencias en Whiting, el comportamiento del demandado era deliberado para evitar el proceso de evaluación de competencias y poner fin cualquier evaluación y así hacer fracasar el proceso judicial. 

Creían que estaba fingiendo incompetencia. Según parece, le dijo a un trabajador de Whiting que esperaba recibir cierta clasificación para evitar sus cargos y seguir hospitalizado. Por su parte, el Dr. Selig determina que deliraba, no era competente para comparecer y tampoco era probable que recuperase su competencia durante el período de tiempo fijado por la ley, incluso si recibiera antipsicóticos. 

Hizo hincapié en que suponía un peligro para su madre a causa de su crónico trastorno psicótico y debía ser internado civilmente. En el informe de Dr. Selig: "el demandado elaboró hace mucho tiempo un delirante sistema en el que están implicados él y su madre envueltos en una batalla apocalíptica de la supervivencia de la raza humana”. 

El psiquiatra escribió que “cree que su madre es el mal mismo y tiene poderes de persuasión y manipulación diseñados para influir en otros para que hagan cosas diabólicas especialmente dañinas para él." Los peritos que testificaron en este caso ofrecieron opiniones muy diferentes sobre la competencia para comparecer ante el tribunal. El tribunal determinó que el juicio profesional del Dr. Selig era el más convincente y fehaciente. 

En tanto que fue diagnosticado con trastorno obsesivo compulsivo, esquizofrenia y otros trastornos como bipolaridad, trastorno obsesivo compulsivo, trastorno distímico y trastorno psicótico no especificado, y, además, había recibido tratamiento psiquiátrico ininterrumpidamente en hospitales o programas residenciales durante la última década. El tribunal también aceptó la opinión del Dr. Selig de que no estaba fingiendo incompetencia. 

 Con base a las evidencias presentadas, el tribunal consideró probado que no es competente para comparecer debido a su enfermedad mental y porque no puede asistir en su defensa. 

El tribunal también concluyó que eran pocas la posibilidad de que se materializara la competencia dentro del período de tratamiento de los 18 meses permitido por la normativa. 

Con base a la enfermedad mental crónica, a la naturaleza de cargos pendientes, a sus pensamientos delirantes y lunáticos sobre su madre, el tribunal determinó que representaba un riesgo potencial para ella. 

El tribunal estableció el internamiento civil y ordenó que fuera puesto bajo la custodia del Comisionado de servicios de salud mental y adicciones. Ingresó en Enfield, Connecticut el día 10 de septiembre de 2010. 

 

 

455) Richard S (es un seudónimo, se desconoce su identidad real). Nueva York. EEUU. Delincuente sexual. 

Internamiento civil. Richard v. Carpinello Rn Phd. Tribunal de Apelaciones de los EEUU, Segundo circuito. 15 de diciembre de 2009. https://caselaw.findlaw.com/us-2nd-circuit/1498758.html 

Antes una serie de datos. Todo un entramado, es una maraña. SVP= Sexually violent predators o sexually violent persons, depredadores sexuales violentos. 

 En Estados Unidos la "ley de Kansas" para los depredadores sexuales violentos, que fue objeto de recurso ante el Tribunal Supremo, define a los depredadores sexuales violentos como cualquier individuo que haya sido condenado o acusado de haber cometido un delito sexual violento y que padezca una enfermedad mental o una trastorno de la personalidad que haga probable que reincida en la comisión de delitos sexuales violentos. 

Una evaluación del riesgo. En el caso de que se estime que cumple los criterios que requiere el civil commitment (internamiento civil), es el fiscal del lugar donde fue condenado, es quien decide si hay pruebas o evidencias suficientes que sustenten el caso. 

Si valora que sí, se realiza un juicio para decidir si el sujeto es o no un depredador sexual y, en el caso de que se decida que sí por parte del juez o del tribunal que examiné su caso, se procede a su internamiento indefinido. 

 El internamiento civil fue objeto de una decisión sobre su constitucionalidad por parte del Tribunal Supremo en el caso Kansas v. Hendricks 23 de junio de 1997). Se decretó su constitucionalidad en base a que el internamiento civil (civil commitment) era civil, valga la redundancia, y no penal. Kansas v. Hendricks, 521 U.S. 346 (1997)  

https://supreme.justia.com/cases/federal/us/521/346/ Se fijó como requisito que para que un delincuente sexual fuera objeto de tal reclusión padeciera una enfermedad mental o un trastorno de la personalidad que le predispusiera para cometer delitos sexuales violentos y también se creyera que era probable que se cometiera delitos violentos sexuales en un futuro. 

 La Sentencia Kansas vs. Hendricks rechaza por defecto la custodia de seguridad y rechaza basar únicamente el internamiento civil en la peligrosidad del individuo y, en consecuencia, al riesgo de reincidencia, sino que aparte precisa que exista una enfermedad o trastorno mental unido a esa conducta peligrosa descartando así el uso del internamiento civil como custodia de seguridad. 

El Tribunal Supremo de EEUU tuvo la opción de pronunciarse en el 2002 sobre la naturaleza civil del internamiento y no penal en el caso Kansas v. Crane (2002). En este caso el Tribunal Supremo estableció que para ser confinado civilmente en un hospital no era necesario probar una total incapacidad de autocontrol, sino que era suficiente que hubiera prueba de que existían serías dificultades para controlarlo. 

Los requisitos que establecen las leyes de Violencias Sexual, Sexual Violent Act (enrealidad son varias, los estados las aprueban), son: 1) que haya sido condenado por ron delito sexual violento, 2) que padezca una enfermedad mental o trastorno de la personalidad generalmente en relación con la pedofilia/pederastia) y 3) que tenga un pronóstico de peligrosidad de reincidencia a no ser que se le ingrese en un centro seguro (con vigilancia). 

El internamiento civil consiste en que, tras el agresor sexual cumple la pena de cárcel, y alegando que sufren una enfermedad mental que les puede conllevar a más actos de violencia sexual, se les interna en centros para que se les aplique tratamiento psicológico/psiquiátrico hasta su reinserción. 

Esta medida, contenida en la Ley de depredadores sexuales violentos, se declaró constitucional en la Tribunal Supremo por 5-4. El proceso para decretarla se sigue mediante una evaluación institucional. https://confilegal.com/20140927-ley-megan-ley-sarah-leyes-controlar-los-pederastas-estados-unidos-gran-bretana-26092014-2322/  

El asesinato de pequeña Megan en los 90. La Ley Megan, ahí se halla el modelo de protección comunitaria (The community protection model). El paso de ser un delincuente sexual a terminar incapacitado civilmente como un depredador sexual violento es la suma de tres pasos: 1) una condena por delito sexual grave, y reiterada 2) un trastorno mental que predispone a delinquir e incapacita de tal manera que no se puede reprimir y 3) alta probabilidad de reincidencia futura debida a una enfermedad mental. 

Pasamos al delincuente sexual peligroso Richard S. Richard S. apela la denegación de la petición de “habeas corpus” (mecanismo de defensa contra las detenciones ilegales) del 22 de julio de 2008 por parte del Tribunal de Distrito de los EEUU para el Distrito Norte de Nueva York. Richard S. argumenta que los tribunales estatales se negaron injustificadamente aplicar la decisión del Tribunal Supremo de los EEUU en Kansas v. Crane https://casetext.com/case/kansas-v-crane 

Un caso del Tribunal Supremo de los EEUU en el que el Tribunal estableció procedimientos para el internamiento civil indefinido de reclusos condenados por un delito sexual que el estado consideraba peligrosos debido a una anomalía o deficiencia mental. https://www.criminaljustice.ny.gov/nsor/faq_sp.htm 

"Desde muy pequeño, Richard S. reiteradamente fue víctima de graves agresiones físicas, sexuales y psicológicos por parte de su madre y su hermano mayor. Entre los 10 y los 18 años intentó suicidarse cuatro veces. A los 17 años, tras la muerte de su madre, comenzó a abusar del alcohol y las drogas. Más adelante, tras un matrimonio, la paternidad y el divorcio, comenzó a involucrarse en promiscuos y azarosos encuentros homosexuales. 

En julio de 1980, Richard S. conoció a un adolescente de 15 años, se lo llevó a su casa y, después de una noche sexo, lo apuñaló tres veces en el pecho con una navaja de bolsillo mientras el adolescente estaba durmiendo. Richard S. se entregó y fue acusado de varios delitos, incluida la tentativa de asesinato en segundo grado. En el momento de su arresto, estaba en libertad condicional por homicidio involuntario por el asesinato en 1978 de otro hombre a quien mató a puñaladas después de tener relaciones sexuales. No recordaba haber estado involucrado en violencia en el caso anterior. Su libertad condicional fue anulada y fue recluido en espera de una audiencia de competencia. Intentó suicidarse otra vez. Richard S. fue declarado competente para ir a juicio. 

A continuación se sometió a un examen psiquiátrico para determinar su estado mental en el momento del crimen. Todos los psiquiatras que lo examinaron coincidieron en que, en el momento del apuñalamiento, Richard S. carecía de la capacidad necesaria para entender la naturaleza y las consecuencias de sus acciones y necesitaba tratamiento institucional a causa del peligro que presentaba para sí mismo y para los demás. In re David B.,739 NYS2d858, 766 NE2d en 569. Richard S. fue declarado no culpable por enfermedad mental o de incapacidad y entregada su custodia civil al Comisionado de Salud Mental, de conformidad con CPL § 330.20. Id. Con arreglo a las conclusiones del Tribunal Supremo de Nueva York, Richard S. fue inscrito como "Nivel 1" y confinado civilmente a una instalación segura en 1981. En el momento de su internamiento, Richard S. recibió un diagnóstico de psicosis atípica, trastorno psicosexual y uso indebido de sustancias." 

Tras varias órdenes de custodia, el Tribunal Supremo del estado ordenó en 1994 que se transfiriera a Richard S. a una unidad sin vigilancia puesto que, si bien seguía padeciendo una enfermedad mental, ya esta no era peligrosa. 

En 1996, el tribunal estatal ordenó que Richard S. regresara a un establecimiento seguro bajo una orden de transferencia de emergencia. 

 En 1998, el Tribunal Supremo del estado vuelve a concluir que Richard S. no sufría de un trastorno mental peligroso, pero aún lo clasificaba como enfermo mental y debía ser internado en un centro sin vigilancia. 

En detención preventiva, en 2003, el Tribunal Supremo del estado aplicó la norma de David B. y encontró que Richard S. era un enfermo mental y peligroso y requería confinamiento en un centro sin vigilancia. 

La Sala de Apelaciones afirmó, concluyendo que Richard S. “cumple con todos los criterios para la retención en una instalación sin vigilancia”. 

Encontró que las conclusiones del tribunal inferior sobre enfermedad mental y peligrosidad estaban respaldadas por una "firme preponderancia de pruebas fidedignas," y el tribunal inferior concluyó que, de manera implícita, Richard S. "no está curado, el tratamiento es esencial para su bienestar psicológico y la seguridad de los demás, y es incapaz de comprender la necesidad de tal tratamiento.” 

EI Tribunal de Apelaciones de Nueva York desestimó la apelación de Richard S. de esa decisión. Richard S. presentó una petición de “habeas corpus”, en el Tribunal de Distrito de los EEUU para el Distrito Norte de Nueva York el 6 de diciembre de 2004, poniendo en entredicho el hecho de que los tribunales no aplicaron en su caso la decisión del Tribunal Supremo en Kansas v. Crane. 

Asimismo, argumentó que había demostrado con evidencias claras y sólidas que no tenía graves dificultades de autocontrol. El 17 de marzo de 2008, el Juez dictó un Informe y Recomendación abogando para que se rechazara la petición y se dictara un certificado de apelabilidad. El tribunal de distrito emitió tal certificado. Véase Richard S. v. Carpinello (24 de octubre de 2008; orden que otorga el certificado de apelabilidad). https://www.govinfo.gov/app/details/USCOURTS-nynd-9_04-cv-01403 

Debido a que el tribunal de distrito concluyó que el estado no estaba obligado aprobar que Richard S. tuviera serias dificultades para su autocontrol, sólo señaló que Richard S. no había rebatido con evidencia clara y convincente la premisa basada en los hechos del tribunal estatal era correcta.

"Además, Richard S. argumenta que el estado ha fallado en demostrar que en la actualidad tiene una condición mental que dificulta el control de su peligrosidad. Sostiene que la peligrosidad futura no puede seguir siendo presunta con base en su clasificación inicial de no culpabilidad por enfermedad o incapacidad, observación con la que no estamos en desacuerdo. No obstante, el estado ha buscado una revisión periódica de la retención de la retención de Richard S., como lo requiere ley. Véase CPL § 330.20 (8), (9). Últimamente, en apoyo de su retención, el estado presentó evidencia de que Richard S. “tiene una condición psiquiátrica muy compleja y en la actualidad cumple con los criterios de cuatro trastornos entrelazados: sadismo sexual, trastorno de identidad de género, trastorno de personalidad antisocial y trastorno límite de personalidad.". In re Richard S., 776N.Y.S.2d en 605." 

Según uno de sus psiquiatras, el sadismo sexual era sus afecciones más peligrosas, además de crónica y que generalmente empeora con el tiempo y es muy difícil o casi imposible tratar por entero. El psiquiatra también indicó que Richard S. “ha rechazado el uso de medidas objetivas para evaluar su condición, no está abierto a ningún tratamiento y niega que sea un sádico sexual.". Id. en 606. 

Otro psiquiatra estuvo de acuerdo en que no había habido evolución en el tratamiento porque Richard S. negó que él fuera un sádico sexual. Los psiquiatras mostraron su preocupación de que Richard S. nunca hubiera participado en un programa de tratamiento por abuso de sustancias, y que este podía estar asociado con el desencadenamiento de impulsos sádicos, incluso si se reprimen o controlan. 

Debida a las evidencias presentadas, el tribunal optó por la retención de Richard S. en un establecimiento no seguro (sin vigilancia) Los tribunales estatales determinaron que Richard S. padecía una enfermedad mental compleja y grave por la cual rechazaba recibir tratamiento al negar que padeciera dicha enfermedad. A partir de estos hechos, el tribunal estatal concluyó que Richard S. era incapaz de comprender su necesidad de tratamiento, 

CONCLUSIÓN. Se confirma la denegación de la solicitud del demandante de un recurso de hábeas corpus. 

 

 

456) Sarah Baker aka Alan Baker. Isla de Sheppey, Kent. Reino Unido. Intento de asesinato, tortura y secuestro. 

De aquellos polvos vienen estos lodos 2013. Torturó a un hombre, alardeó de regalitos en la cárcel y recibió £10,000 para cirugía en el NHS. https://dailymail.co.uk/news/article-2383992/Violent-inmate-Alan-Baker-given-10-000-sex-change-NHS.html

"Alan Baker se encuentra en el módulos para internos vulnerables en la cárcel de Elmley y se hace llamar Sarah. Una vez se haya concluido la polémica cirugía estética de reasignación del individuo de de 43 años, él será trasladado a una cárcel de mujeres." 

Baker, de Croydon del sur de Londres. "al principio fue recluido por secuestrar y torturar al hermano de su madrastra. Pero tras intentar matar a un presunto violador de niños, en la cárcel en 1998, en este momento cumple una sentencia de duración indeterminada." 

En declaraciones al Daily Mirror, Baker denunció ser objeto de violencia "desde el anuncio de que él se convertirá en mujer, explicando cuán vulnerable se siente." El director ejecutivo de la asociación privada de contribuyentes británicos, TaxPayers' Alliance, Matthew Sinclair, dijo: "Los tratamientos caros en el NHS deben basarse en la necesidad médica. Salvar vidas debería estar en los primeros puestos de la lista. Si un procedimiento de este tipo se administra, los pacientes respetuosos con la ley haciendo frente a listas de espera más largas para recibir atención médica urgente les resultará el colmo de la injusticia." https://mirror.co.uk/news/uk-news/violent-convict-sex-change-operation-2119490 

 Según datos oficiales, que no verdaderos, una cirugía estética de eso que llaman reasignación para un delincuente, en el NHS, por lo general, y en el 2013, costaba alrededor de £10,000, pero podía ser más cara. Según las directrices del ministerio de Justicia, los reclusos tenían los mismos derechos a acceder a los servicios generales de atención de la salud en condiciones de igualdad respecto de las demás ciudadanos. 

Es más, desde la administración penitenciaria se han de asegurar que los reclusos, según su identidad de género sentido, tengan ropa apropiada y maquillaje si es necesario, y prevenir cualquier tipo de acoso o delito de odio por su autoidentificación. Como dato, a este delincuente le han publicado. 

Narra algo así como su experiencia tras los barrotes o los muros de la prisión donde "analiza" el régimen penitenciario para delincuentes que dicen que se sienten mujeres y sobre su "transición" y dificultades que enfrentó tras las rejas. https://www.amazon.es/Transgender-Behind-Prison-Walls-Sarah/dp/1909976458 

 

 

 

457) Christian Jeffers. New York. EEUU. Acusado de asalto, acoso agravado y amenazas, cada uno como un crimen de odio, y cargo de posesión de armas. 

 Marzo de 2022. Ha sido retenido bajo fianza de $300,000 en la audiencia de comparecencia. https://dailymail.co.uk/news/article-10593415/Asian-man-clubbed-head-hammer-NYC-subway-platform.html También tiene en su haber cargo de prostitución, robo a gran escala, escándalo público y posesión ilícita de sustancias controladas.

"Christian Jeffers, de 48 años, quien se identifica como una mujer, fue arrestado el miércoles por su presunto ataque a la víctima de 29 años el martes en la estación de metro de la calle 14 en Manhattan." https://twitter.com/MrAndyNgo/status/1502074883550892033?s=20&t=WnnYEQ3YW3SjFub4pdcfkA Su supervisión tras su última liberación estaba programada para septiembre de 2024. 

Acusado de golpear a un hombre con un martillo en una estación de metro de Nueva York. https://thepostmillennial.com/biological-man-who-identifies-as-woman-charged-with-hate-crime-after-allegedly-attacking-asian-man-with-hammer/?utm_campaign=64470

WANTED for ASSAULT: se buscaba por agresión. A las 9:05 pm, en la estación de metro de la calle 14, este individuo golpeó a un hombre en la cabeza con un martillo. https://twitter.com/NYPDHateCrimes/status/1501674147952435206?ref_src=twsrc%5Etfw 

Se podría decir que es un ataque en absoluto provocado, es un cruel y violento ataque: La victima golpeada a martillazos dijo que el sujeto se acercó a él de forma agresiva y sin mediar provocación. La víctima, de 29 años, declaró que volvía a casa después de cenar con un colega cuando se tropezó con el agresor: "se topó conmigo y tras de eso, se dio la vuelta poniéndose frente a mí de forma muy violenta, y acabó pisándome. Me pisó el pie y luego sacó el martillo y a continuación me golpeó en la cabeza". 

Arrestan al sujeto que atacó con martillo a un hombre en una estación de metro. https://nypost.com/2022/03/09/assailant-accused-of-subway-hammer-attack-charged-with-hate-crime/ Jeffers, que se identifica como mujer, tiene un largo historial delictivo. 

Es su 48ª detención desde 2007, la mayoría de los arrestos son por fraude. En junio, salió de la cárcel tras cumplir casi seis años de condena por robo en segundo grado. https://reduxx.info/trans-identified-male-arrested-for-hammer-attack-on-asian-man/ En los últimos 15 años ha sido arrestado 48 veces. 

En la jerga policial se le conoce como "delincuente de tránsito o paso". https://getindianews.com/who-is-christian-jeffers-and-why-was-he-arrested-asian-man-subway-attack-video-explained/ "Mientras tanto, el arresto no es nuevo para Christian Jeffers, ya que fue arrestado 47 veces. 

Fue liberado de prisión en junio de 2021 después de cumplir 6 años por robo en segundo grado. Fue detenido por hurto una semana después de su liberación. 

Christian Jeffers ha sido arrestado por un cargo de prostitución, robo a gran escala, escándalo público y por posesión ilícita de sustancias controladas." 

A quien se refiere la policía como delincuente de tránsito es a causa de que una gran parte de sus escapadas se ha hecho en un tranvía. Su primer arresto en 2007. No se ha hecho público cuándo el sujeto se identificó como mujer. Muy pocos datos personales se han filtrado, solamente su largo historial criminal. https://tvguidetime.com/people/who-is-christian-jeffers-racist-woman-arrested-for-subway-attack-on-asian-man-250105.html 

Según la policía, el sospechoso que atacó a un pasajero del metro con un martillo después de chocarse con la víctima en una estación de Manhattan fue arrestado y acusado de varios delitos de odio.

También enfrenta un cargo de posesión de armas. https://nbcnewyork.com/news/local/suspect-arrested-in-manhattan-subway-hammer-attack-charged-with-hate-crime/3591873/  

La víctima dijo que lo vio meter la mano en una bolsa, sacar algo, el martillo. Que sucedió bastante rápido como para reaccionar, traté de levantar la mano pero lo golpeó de todos modos. También dijo que el agresor amenazó al amigo que grabó el video. “Quiero que lo encierren porque sin duda fue agresivo”, dijo la víctima. "Estaba buscando problemas". https://www.nbcnewyork.com/news/local/suspect-arrested-in-manhattan-subway-hammer-attack-charged-with-hate-crime/3591873/ 

Se emitió un comunicado tras el arresto en que se dice que están muy agradecidos por el excelente trabajo policial que pudo localizar y arrestar al individuo que atacó a un pasajero y que esperaban que este "agresor de un crimen de odio sea procesado con todo el rigor de la ley". 

Se emitió un comunicado tras el arresto en que se dice que están muy agradecidos por el excelente trabajo policial que pudo localizar y arrestar al individuo que atacó a un pasajero y que esperaban que este "agresor de un crimen de odio sea procesado con todo el rigor de la ley". 

 

 

458) Shaye Sims. North Staffordshire, Staffordshire. Reino Unido. Agresión, escándalo público, conductas inapropiadas o comportamiento lascivo/exhibicionismo. También cuenta con cargos por distribución de cannabis y anfetaminas. 

En la corte, su defensa lo victimizó y achacó su inadecuada conducta y delitos a la difícil vida de su cliente, al parecer, autoidentificarse como mujer lo inculpa de sus infracciones y criminalidad. 

Recibió libertad condicional, un hombre que se identifica como mujer que y se exhibió por una calle de Staffordshire enseñando la churra y además agredió a varias personas. 

Lo habían echado de un pub por provocación sexual. "En junio del año pasado, se le pidió a Shay Sims, de 31 años, que se marchara de un pub en Stoke porque estaba contraviniendo la reglamentación Covid. https://grahamlinehan.substack.com/p/a-week-in-the-war-on-women-monday-4a5?utm_medium=email&s=r  

Cuando fue conducido a la salida, escupió y agredió al dueño del pub y a dos trabajadores. Un guardia de seguridad informó que Sims lo golpeó a él y a su colega y luego lanzó insultos homofóbicos. Sims también pateó la puerta giratoria del pub, sacándola de su eje. 

Después de huir de la policía, Sims se exhibió por la calle, levantándose su falda y bajando su ropa interior para mostrar su pene a los asombrados transeúntes. Acaba de ser sentenciado a cinco meses de prisión, con una suspensión de 12 meses. Esta no es la primera vez que Sims ha infringido la ley; en 2021 fue condenado por estar implicado en la distribución de cannabis y anfetas." https://twitter.com/birmingham_live/status/1502228545741160448?t=tIZcpZ-0cktJhUisFmGArg&s=19  

ese a dar a conocer que Sims mostró su pene, The Birmingham Mail se refiere a él con pronombres femeninos a lo largo de su artículo y lo describe como una mujer, al igual que los reportes en The Daily Record y The Mirror. https://reduxx.info/uk-trans-identified-male-charged-with-assault-exposing-penis/ 

 "Sims fue sentenciado a dos años de trabajos comunitarios por otro delito en el que admitió haber traficado con cannabis y anfetaminas. Sims ha sido condenado a pagar £150 (180€) a cada una de sus tres víctimas más un recargo de £128 (153€) a las víctimas, así como a 5 meses de libertad condicional. Eso significa que Sims no pasará por la cárcel siempre y cuando cumpla con ciertas condiciones durante 12 meses". 

La compañera Nuria le da un buen repaso y nos lo cuenta de maravilla. https://twitter.com/SalagreNuriaEn1/status/1502567854457110528?t=hfiRitxsleooj9bWiRLf2Q&s=19  

 

 

459) Calvin E Wank. Syracuse, New York. EEUU. Delitos de escándalo público (obscenidad pública/conducta lasciva en lugares públicos). 

Comportamiento indecente o lascivo: decidió mostrar sus partes íntimas a unos camioneros. https://globalnews.ca/news/1582319/calvin-wank-arrested-for-public-indecency/ Delitos de exhibicionismo y provocación sexual (delitos contra la libertad e indemnidad sexuales).

 "Calvin E. Wank, de 56 años, de Deposit, Nueva York, fue arrestado después de que varios camioneros denunciaron que un hombre, según se informa, realizaba actos obscenos en el aparcamiento de Love's Travel Stop." Fue arrestado por delitos de escándalo público. "Cometió una serie de actos sexualmente obscenos."  https://www.huffingtonpost.co.uk/2014/09/24/calvin-e-wank-arrested-public-lewdness_n_5872554.html 

Fue acusado de masturbarse en público. https://irishmirror.ie/news/weird-news/man-spotted-performing-lewd-act-4315197   

Según la fotografía de su ficha policial, "usa sombra de ojos y pintalabios y fue detenido por la policía después de que varios camioneros dijeron que lo vieron tocándose. Estaba en un aparcamiento y en una zona al lado del Loves Travel Stop cerca de Syracuse, Nueva York. Según informaron las autoridades, Calvin E. Wank, de Deposit, Delaware, fue acusado de delitos de escándalo público y se impuso una multa."  

http://thesmokinggun.com/buster/man-named-Wank-busted-on-lewdness-rap-687543 Fue arrestado sobre las 10:15 AM. Varios camioneros informaron haberlo visto realizando actos sexualmente obscenos mientras estaba en el aparcamiento, según la policía. Calvin E. Wank, de Deposit, fue acusado de conducta lasciva, un delito menor, dijo la policía estatal en Binghamton.  

https://www.syracuse.com/news/2014/09/upstate_ny_man_accused_of_committing_sexually_lewd_acts_outside_loves_travel_sto.html Los cargos por conducta lasciva están asociados con cualquier tipo de conducta sexualmente obscena o desagradable que ocurra en público. el delito de lascivia, entre otros.  

https://nysenate.gov/legislation/laws/PEN/245.00 De acuerdo al código penal de Nueva York, una persona es culpable de lascivia pública cuando intencionalmente expone sus partes íntimas de una manera obscena o comete cualquier otro acto obsceno en un lugar público, o en locales privados en circunstancias en las que puede ser observado. 

 

 

460) Curtis Gene Copeland. Tribunal de Distrito de los EEUU Distrito Sur de Texas División de Corpus Christi. Curtis Gene Copeland: Delincuente sexual. Pederastia. Copeland v. Ferrell. 28-02-2014. https://casetext.com/case/copeland-v-ferrell-1

Orden desestimando determinadas alegaciones, reteniendo causa y denegatoria de moción de una medida cautelar preliminar y moción para su traslado. Esta acción en materia de derechos civiles fue presentada por un recluso estatal en aplicación de 42 USC § 1983. 

En virtud de la Ley de Reforma al Litigio de la Prisión (Prison Litigation Reform Act), Pub. L. No. 104-134, 110 Estat. 1321 (1996), cualquier acción emprendida por un recluso en virtud de la ley federal debe ser desestimada si la denuncia es infundada, malintencionada, no prueba la queja en la que se pueda garantizar el desagravio o solicita una reparación de carácter monetario del imputado inmune a tal reparación. Véase 42 USC § 1997e(c) ; 28 USC §§ 1915(e)(2) , 1915A. 

 La acción del demandante está sujeta a control sin tener en cuenta si paga con antelación tasa de inscripción o actúa en calidad de indigente. Ruiz v. United States, 160 F.3d 273, 274 (5th Cir. 1998) (per curiam); Martin v. Scott, 156 F.3d 578, 580 (5th Cir. 1998) (per curiam). 

La demanda pro se del demandante debe interpretarse con indulgencia, Haines v. Kerner, 404 US 519, 520 (1972), y sus alegaciones deben aceptarse como verdaderas, a menos que sean claramente irracionales o totalmente inverosímil, Denton v. Hernandez, 504 US 25, 33 (1992). 

Al aplicar estas normas, las reclamaciones de la VIII Enmienda del Demandante contra los Demandados, el Capitán Juan Salazar y la consultora y gestora médica Drew Stalinsky, se MANTIENEN, y se ordenará la atención a estos demandados a título individual. La solicitud de medida cautelar y/o una orden de restricción temporal (DE 20) es RECHAZADA sin perjuicio. 

La moción del demandante para transferencia a una Instalación diferente (DE 9) y la Moción de Emergencia para transferencia (DE 10) y la moción de emergencia para transferencia (D.E. 10) son RECHAZADAS sin perjuicio. Las reclamaciones del demandante contra los demandados Sue Alexander y James Hurtzclaw son DESESTIMADOS sin perjuicio de la petición oral del demandante. 

Las reclamaciones restantes del demandante contra los restantes demandados son DESESTIMADAS por fallo en plantear una demanda o como infundada con arreglo 28 U.S.C. § 1915(e)(2) (B) and § 1915A(b)(1). En los antecedentes: "El demandante es un recluso en el Departamento de Justicia Criminal de Texas División de Instituciones Correccionales (TDCJ-CID) y se encuentra recluido en la Unidad McConnell en Beeville, Texas. 

Presentó su moción original el 9 de diciembre de 2013 alegando que ciertos agentes y funcionarios de la Unidad McConnell estaban violando su derecho de la VIII Enmienda a no estar sometido a un castigo cruel e inusual, entre otras cosas, no haberlo protegido de posibles agresiones por parte de otros reclusos, negándole una dieta suave y licuada y/o prótesis dentales y negarle un tratamiento adecuado de salud mental y/o terapia de reemplazo hormonal." 

Con anterioridad demandó a una serie funcionarios penitenciarios alegando indiferencia deliberada a sus graves necesidades médicas (Copeland v. Ferrell https://casetext.com/case/copeland-v-ferrell ). 

No obstante, el 19 de junio de 2013, presentó una moción para desestimar de forma voluntaria ese caso, alegando que lo destinaron a aislamiento preventivo y los funcionarios penitenciarios fallaron en proporcionarle los marcos legales necesarios para proseguir con las reclamaciones. 

El caso fue desestimado sin perjuicio el 21 de junio. El 18 de diciembre de 2013, presentó un escrito de emergencia solicitando una transferencia a otra instalación de TDCJ. 

El 13 de enero de 2014, se celebró la audiencia. Las siguientes alegaciones se formularon en la demanda original, suplementos a la demanda, moción de emergencia y declaración. 

"En 2010, allá en el mundo libre, el demandante fue asaltado y perdió gran cantidad de dientes. Le quedan siete (7) dientes, en maxilar inferior, centro derecha. Hace poco, en algún momento en 2013, al demandante se le diagnosticó el síndrome de Klinefelter, una enfermedad genética que afecta negativamente en la producción de testosterona. El demandante también sufre de un trastorno de identidad de género. 

El 18 de noviembre de 2011, el demandante volvió a ingresar en el TDCJ a través del Centro de Transferencia de Garza occidental. Inmediatamente notificó a los funcionarios penitenciarios y al Fiscal General que necesitaba una mayor protección, en parte debido a su estado un poco femenino y también a causa de una de sus condenas resultantes era por indecencia con un niño. Fue puesto en Segregación Administrativa (Administrative Segregation: Ad-Seg) y unas dos semanas después se reunió con el Sargento Gonzales del Programa de Prisiones Seguras (SPP). 

El sargento Gonzales indicó que recomendaría la custodia preventiva. Sin embargo, en su audiencia celebrada al día siguiente, en su Comité de Clasificación de Unidades (UCC), al demandante se le negó la custodia preventiva y se le asignó a la población general (GP); pero se le dijo que solicitara la custodia preventiva cuando llegara a su unidad de asignación.

 "El 11 de enero de 2012, llegó a la Unidad McConnell. Allí solicitó la custodia preventiva, pero el comandante Castro sugirió que "probara antes de buscar custodia preventiva''. 

Sin embargo, en una semana, su compañero de celda, quien estaba implicado en contrabando, no lo dejaba entrar a la celda excepto para dormir por la noche. Volvió a quejarse y a solicitar la preventiva, Mayer recomendó la custodia preventiva pero la UCC la negó. Entonces presentó una reclamación de Vida en Peligro (LID) y, en respuesta, Adam Gonzales promovió una Investigación de Protección del Delincuente (OPI). 

Gonzales le dijo que solicitaría la preventiva del Comité estatal de Clasificación (SCC); pero, después de examinar las razones de Castro para negar la preventiva, Gonzales cambió de parecer y no contactó con el SCC. 

El demandante presentó otra LID, que Castro negó la semana siguiente diciéndole que su IQ (coeficiente intelectual) era demasiado elevado y su tamaño corporal tres veces más grande para justificar la custodia preventiva, por ello presentó una reclamación. 

También hizo una cuerda y luego presentó una queja escrita a mano para alertar a los guardias que iba a intentar fugarse. Se registró la celda pero no encontraron la cuerda, si bien pasó a Ad-Seg con los miembros de una banda que intentaron presionarlo para que se uniera a la Hermandad Aria. 

Como se negó, estos pandilleros lo investigaron y descubrieron su condena de 2003 por indecencia con un menor, que luego difundieron a otros delincuentes y corrió como la pólvora que era un pederasta. 

Empezó a recibir amenazas, y presentó numerosas LID, una detrás de otra, pero todas fueron denegadas. 

El 19 de junio de 2012, Mayor Adam Gonzales le dijo que lo iba a trasladar, pero no lo hizo. En respuesta, encendió un fuego y entregó armamento a los agentes tratando de que lo trasladaran. 

El 23 de junio de 2012 se reunió con el teniente Salinas sobre sus reclamaciones de LID y dijo "lamentaría hacerle daño a un guardia para ser trasladado." Castro ordenó a Salinas que abriera expediente disciplinario por amenazar a un guardia. 

Uno de los miembros de la Hermandad Aria (Aryan Brotherhood) le ordenó que escondiera una llave y él dio el chivatazo a la teniente Bernadette Rodríguez, lo sacaron del pabellón y se le abrió expediente disciplinario. Continuó recibiendo amenazas por ser un pederasta y por su apariencia física. Presentó LID y se realizaron OPI pero, en sus audiencias de UCC, le aseguraron que estaba en un lugar muy seguro. 

En junio/julio de 2013 su abuela de 82 años fue amenazada debido a su historial delictivo. Se lo dijo a los funcionarios y les entregó una copia de la carta de su abuela, pero no lo investigaron. 

El 2 de octubre de 2013, recibió causas disciplinarias por colgar una toalla por privacidad y fue trasladado al módulo F de Ad-Seg, que alojaba a miembros de la Hermandad Aria. 

En noviembre de 2013, en el módulo F, un delincuente llamado Ivy comenzó a acosarlo. Ivy lo llamó pederasta e intentó dejar entrar a otro recluso en la celda del pederasta. Este les dijo al teniente Shiver y al sargento Belote que Ivy estaba armado, pero no actuaron. 

En noviembre de 2013, en una audiencia de la UCC ante el Comandante McKee, el Comandante Alsobrook y la Sra. Gonzales, el pederasta se quejó de Ivy; no obstante, el panel de UCC negó su solicitud de transferencia y le dijo que estaba ubicado en el espacio más seguro de la Ad-Seg en la Unidad McConnell. 

El 21 de noviembre de 2013 el demandante fue a la sala de ocio y un recluso le arrojó café ardiendo y le gritó "pederasta (child molester)"; los agentes Molina y Torres no hicieron nada. Más tarde ese mismo día, el agente Torres registró la celda de Ivy pero no fue capaz de encontrar un arpón. Ivy lo alcanzó dos veces con el arpón, la segunda vez falló en darle a su cabeza por pocos centímetros. 

El pederasta rompió el arpón y le dijo al agente Torres, "esto es lo que buscabas" y luego tiró el arpón al retrete. Presentó una LID y el teniente Boyer realizó una OPI. 

El teniente Boyer revisó las cintas de seguridad pero no encontró prueba alguna de que se le hubiera atacado con el arpón Entoces escribió al alcaide Currie y al Fiscal General sobre las continuas amenazas que sufría, pero no recibió respuesta. 

 El 18 de diciembre de 2013 presentó su moción de emergencia solicitando ser transferido de la Unidad McConnell, quejándose otra vez de los intentos de agresión por parte de Ivy por querer hacerle daño, en noviembre de 2013, y por la falta de reacción de los funcionarios de la prisión. 

CONCLUSIÓN, 

la Corte ordena que: 

"(1) Las reclamaciones de la 8ª Enmienda del demandante que alegan indiferencia deliberada a sus graves necesidades médicas contra el Capitán Juan Salazar y gestora médica Drew Stalinsky a título individual se MANTIENEN, y será dictada la atención de dichas personas. 

(2) Las reclamaciones del demandante de indemnización pecuniaria contra todos los Demandados a título oficial son DESESTIMADAS como se establece en la 11ª enmienda; 

(3) Las reclamaciones del demandante contra Sue Alexander y James Hultzclaw son DESESTIMADAS sin perjuicio de la petición oral del demandante; 

(4) Las reclamaciones restantes del demandante contra los restantes demandados a título individual son DESESTIMADAS por fallo en plantear una demanda o como infundada. 

(5) Se NIEGA la moción del demandante para una medida cautelar (DE 20); 

(6) Las mociones del demandante para traslado a una instalación diferente (DE 9 y 10) son NEGADAS; y 

(7) Se indica al demandante a que se abstenga de presentar alegatos adicionales o correspondencia con el Tribunal hasta después de que los demandados mantenidos hayan sido notificados y presentadas sus Respuestas. Jason B. Libby Magistrado federal de los Estados Unidos." 

En el apartado de problemas médicos, con respecto a la dentadura, en concreto a la prótesis, presentó varias solicitudes para que lo viera un especialista,o para que le pusieran la dentadura postiza o extrajeran los restantes dientes por el dolor que le causaba al masticar, el doctor se negó a extraer, en cambio sí recomendó una dieta especial. 

También lo llevaron al Hospital Galveston por dolor de espalda, donde le recetaron relajantes musculares para los espasmos musculares debido a la osteoporosis y enfermedad degenerativa de la espina dorsal y otras articulaciones. 

Como demandados estaban dos proveedores de atención de salud mental, Sue Alexander y James Hultzclaw, alegando que no diagnosticaron su Síndrome de Klinefelter y se negaron a una adicional evaluación psiquiátrica en otra unidad. 

En la audiencia declaró que estaba programado para su evaluación con respecto a la terapia hormonal y oralmente hizo una moción para que los proveedores fueran suspendidos. 

Medida cautelar preliminar; en su alegato, cuenta que acudió a la unidad Jester IV para la evaluación y tratamiento de su síndrome de Klinefelter y el trastorno de identidad de género, si bien el resultado fue frustrante y desastroso puesto que el terapeuta lo despachó rápido y no lo vio un equipo médico. Copeland v. Tex. Dep't of Criminal Justice. 

03-01-2021 https://casetext.com/case/copeland-v-tex-dept-of-criminal-justice Procedió pro se, presentó una queja acerca de las violaciones de sus derechos constitucionales. 

El caso fue remitido al juez federal. El Tribunal determinó que el Informe del juez federal era correcto y las objeciones carecían de fundamento, en la medida en que sus reclamaciones habían prescrito y la jurisdicción era inadecuada (reclamó, entre otras aspectos, una modificación de las políticas penitenciarias para lograr una reforma en el sistema judicial a fin de atajar el abuso y la opresión; hizo un recorrido desde octubre de 2012 hasta la actualidad y estableció cinco acusaciones exhaustivas sobre irregularidades y vinculó a los demandados con estas acusaciones por número). 

Se ordenó que la demandada fuera desestimada sin perjuicio por no presentar una petición sobre la cual se pueda otorgar reparación e interpuesta ante un tribunal de jurisdicción no adecuado.  

 

 

Una puesta al día, como la ITV. Actualizo por una serie de datos que han aparecido en relación a otros casos.  

http://thecolu.mn/21001/around-the-region-trans-rights-at-issue-in-wisconsin-corrections-system Nombre legal: Roy Mitchell. 

Departamento de Correccionales de Wisconsin (WIDOC). Nombre legal: Roy Mitchell https://twitter.com/borealas/status/1497948156109242374?t=5czUOMqRX8zM_-H49lxqlA&s=19  

"Sistema de Quejas de Recluso (ICRS) es para proveer a reclusos con un proceso por el cual quejas puedan ser levantadas, investigadas y decididas con prontitud." Lisa Mitchell. Wisconsin. EEUU. Corrupción de menores con fines sexuales.  

Roy es Lisa Mitchell es el número 424 por estos lares. 

INCAPACIDADES. Acta de Americanos Incapacitados. "Un individuo con incapacidades es una persona que sufre deterioro físico o mental que lo limita seriamente en una o más de sus actividades cotidianas, cuenta con antecedentes de tal impedimento o se considera oficialmente que tiene dicha incapacitación. La discriminación en contra de personas con incapacitaciones está prohibida. Una incapacidad puede ser temporal o permanente. Se provee acomodaciones razonables a reclusos con incapacidades. Las acomodaciones referidas en acceder a instalaciones más accesibles o la modificación de horarios concretos. También acceso equivalente a servicios tal como: educación, recreación y programas. Si es que fue determinado por una Unidad de Servicios de Salud (HSU) que sufre de alguna incapacitación, puede ponerse en contacto con el Coordinador/ Supervisor del programa para solicitar acomodación apropiada. Si la solicitud es rechazada, puede someter una queja usando el Sistema de Quejas de Reclusos.  Si ha sido discriminado como lo especifica el Acta de Americanos Incapacitados, puede presentar una queja ante el Departamento de Justicia de los Estados Unidos—División de Derechos Civiles."  

¿Es el mismo delincuente?  

Mitchell v. Wall Tribunal de Apelaciones de los EEUU, Séptimo Circuito. 23 de diciembre de 2015. https://caselaw.findlaw.com/us-7th-circuit/1721529.html  

Roy Mitchell. Dane, Wisconsin. EEUU. Apelación desestimada. "

Roy Mitchell — físicamente un hombre, psicológicamente una mujer — apela a la denegación de su moción para una orden judicial preliminar para exigir a los agentes de la libertad condicional asignados a supervisarlo para modificar las condiciones de su libertad condicional, permitiéndole residir con su familia en vez del albergue para los hombres sin hogar al que en la actualidad está asignado y transfiriéndolo a programas de asesoramiento y tratamiento para su disforia de género. 

Ha pasado gran parte de su vida adulta como indigente o tras las rejas. Tras una reciente temporada en una cárcel estatal de Wisconsin, de la cual fue puesto en libertad condicional, presentó la actual demanda, solicitando reparación bajo 42 USC § 1983 contra dos administradores del Departamento Correccional de Wisconsin, dos médicos de la Institución Correccional de Columbia y tres agentes de la libertad condicional en el condado de Dane, Wisconsin.

La demanda alega que durante su reclusión los administradores y los médicos fueron deliberadamente indiferentes a su necesidad vital de terapia psicológica y hormonal para su terapia de disforia de género recomendada por un psicólogo asesor del Departamento de Correccionales, y, al mismo tiempo, sus agentes de la condicional habían demostrado una indiferencia intencionada a su enfermedad prohibiéndole mudarse del albergue para los hombres sin hogar a la casa de su madre y de vestirse como una mujer en público. 

Reclamó daños y perjuicios, pero entretanto solicita una orden judicial preliminar que obligue a los agentes de la condicional permitirle mudarse con su madre y hermana y vestirse como una mujer, y derivarlo a los programas de tratamiento que necesita." 

El juez de distrito, tras examinar la queja, le permitió proceder con sus reclamaciones contra los dos médicos, pero no contra los otros demandados. Negó su solicitud de medida cautelar argumentando que no se ajustaba a las reglas que rigen las medidas cautelares, así que el actual recurso se limitaba a la denegación de la medida cautelar. 

En tanto la apelación estaba pendiente, Mitchell informó que estaba de nuevo bajo custodia, por una sentencia de nueve meses de cárcel luego de declararse culpable de robo, prostitución y resistencia a la autoridad. Si bien estaba encarcelado, no estaba sujeto a la supervisión de la oficina de la condicional y no podía solicitar una modificación de los términos de la libertad condicional. 

Puesto que su moción de medidas cautelares se refería a su libertad condicional, su apelación resulta irrelevante, y habiendo desestimado todas sus reclamaciones contra los agentes de la condicional, el juez había señalado su moción de una orden para una orden preliminar. 

Cuando un caso se vuelve irrelevante en la apelación, el tribunal de apelaciones por lo general anula el fallo del tribunal de distrito y devuelve con instrucciones para desestimar el caso. Pero debido a que una medida cautelar no tiene un efecto de exclusión sobre la decisión del tribunal de si procede emitir un requerimiento judicial permanente, se sostuvo que el mandamiento que anuló la orden subyacente no debería, por lo general, emitirse con respecto a las medidas cautelares que se vuelven irrelevantes en la apelación. 

Por otra parte, el demandante aún tenía reclamaciones pendientes en el tribunal de distrito contra los dos médicos, reclamaciones que no se vieron afectadas por la denegación de la orden judicial cautelar que solicitó contra los agentes de la condicional. Por lo tanto, tenía un caso real, actual, y si era liberado en el curso del litigio y puesto en libertad condicional, podría prorrogar su alegación a los términos de su libertad condicional. 

MITCHELL v. KALLAS. United States District Court, W.D. Wisconsin. August 25, 2016. https://leagle.com/decision/infdco20160829d13 "Roy Mitchell es un ex-interno de CCI. 

Si bien es un hombre, Mitchell se identifica como mujer." Demandados Dres. Kevin Kallas y Dawn Laurent son trabajadores del Departamento Correccional de Wisconsin (DOC). El 7 de abril de 2015 se concedió autorización a Roy Mitchell para proceder sobre reclamaciones en relación a la VIII Enmienda contra los Dres. Kevin Kallas y Dawn Laurent por su falta de tratamiento por disforia de género mientras el recluso estaba encarcelado en el centro penitenciario de Columbia (CCI). 

 Se deniega la moción del demandante y se concede a ambos demandados el derecho a inmunidad calificada. En consecuencia, se dictó sentencia sumaria a favor de los demandados. 

Solicitudes de tratamiento hormonal de Mitchell: Antes de llegar a CCI en 2011, ya había sido diagnosticado con disforia de género. 

En noviembre de 2011, presentó solicitudes para servicios psicológicos y tratamiento hormonal. 

Después de una evaluación, el Dr. McLaren determinó que el Comité debería considerar a Mitchell para el tratamiento de la disforia de género. 

El Comité igualmente consideró que Mitchell era un candidato para otra evaluación psicológica. 

El Dr. Caldwell-Barr se reunió con Mitchell y se convirtió en su médico. E

l 22 de mayo de 2012 Osborne recibió a Mitchell. En el transcurso de su reunión, Mitchell facilitó los nombres de familiares y conocidos que podrían informar en relación a sus cuestiones de disforia de género. 

Tras la entrevista, Osborne revisó el expediente clínico e institucional y habló con algunos familiares y conocidos. 

El informe se retrasó a causa de que hubo problemas para contactar con dos de las personas con las que Mitchell le sugirió que hablara. 

El 15 de noviembre de 2012, el DOC recibió el borrador y el 2 de diciembre de 2012, el DOC recibió el informe de Osborne. En el informe final fue favorable, se recomendó análisis para descartar el síndrome de Klinefelter; y que Mitchell debía tomar parte en asesoramiento junto con cualquier tratamiento hormonal, ya sea dentro del DOC o una vez liberado Osborne señaló que como Mitchell desconocía los estándares de atención de WPATH (Asociación Profesional Mundial para la Salud del Transgénero (WPATH, del inglés World Professional Association for Transgender Health), si se aprobaba la terapia hormonal, era fundamental el consentimiento expreso de Mitchell antes de proceder para asegurarse de que comprendía: los medicamentos y sus posibles efectos secundarios; la importancia del cumplimiento y la cooperación con el médico; y la importancia de trabajar con un médico cualificado, en vez de buscar hormonas baratas potencialmente perjudiciales. 

Mitchell revisó una copia del borrador del informe de Osborne y solicitó el tratamiento hormonal. Sin embargo, debido a que estaba programado que fuera liberado a principios de enero de 2013, su solicitud de iniciar el tratamiento dentro del sistema penitenciario justo en ese momento fue denegado. 

Mitchell fue liberado el 8 de enero de 2013, dos años después, en noviembre de 2014, Mitchell fue encarcelado en Dodge. Cuando llegó, se realizó una evaluación de salud mental. 

Debido al historial de disforia de género de Mitchell, se recomendó la ubicación de Mitchell en una unidad especial. 

Mitchell solicitó a terapia hormonal, pero, a fin de que su salida estuviera programada en tres meses, la solicitud de terapia hormonal fue denegada. 

OPINIÓN Mitchell afirma que los Dres. Kallas y Laurent fueron deliberadamente indiferentes a su disforia de género en violación de sus derechos de la VIII Enmienda, y reclamó indemnización por daño físico, emocional y mental. Los demandados reclamaron el derecho a la inmunidad calificada. 

El tribunal concluye que los demandados no actuaron con indiferencia deliberada. Por las mismas razones, ergo, el tribunal otorga juicio sumario a favor de los demandados; es decir, se ordena que dicte sentencia a favor de los demandados y la moción de reconsideración de Roy y la moción de fallo sumarial parcial son negadas.

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